Solicitud para la inscripción de Auditores de Cuentas y Sociedades de Auditoría de terceros países (Modelo R9)
Solicitud para la inscripción de Auditores de Cuentas y Sociedades de Auditoría de terceros países para que su informe tenga validez en España. (Código SIA: 2893026)
DESCRIPCIÓN
Solicitud para la inscripción de Auditores de cuentas y Sociedades de Auditoría de terceros países para que su informe tenga validez en España.
Se cumplimentarán todos los datos solicitados, aportando la documentación correspondiente. La ausencia o deficiencia en la documentación justificativa impedirá la tramitación de la solicitud.
NORMATIVA ASOCIADA
Artículos 24 y 25.2 del Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.
Artículo 24. Inscripción separada de determinados auditores de cuentas, así como de sociedades y demás entidades de auditoría de terceros países.
"Figurarán inscritos en una sección separada en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, los auditores de cuentas y sociedades y demás entidades de auditoría de terceros países que emitan informes de auditoría sobre cuentas anuales o cuentas anuales consolidadas de una entidad constituida fuera de la Unión Europea y cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado en España, conforme a lo previsto en los artículos 10.3 y 11.5 de la Ley 22/2015, de 20 de julio.
Para inscribirse en esta situación deberá solicitarse por escrito al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, acreditar, junto a la solicitud, el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 10.3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, así como prestar la garantía financiera exigida. Facilitarán la dirección electrónica habilitada única para las comunicaciones con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas."
Artículo 25.2. Relaciones de auditores de cuentas y de sociedades de auditoría
"2. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas hará pública, de forma actualizada, en su página web, una relación separada de auditores de cuentas y sociedades y demás entidades de auditoría de terceros países, a los que se refieren respectivamente los artículos 10.3 y 11.5 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, con la mención de que no están autorizados para el ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas en España, y en la que se incluirá, al menos, información relativa al nombre o razón social y dirección de cada uno de ellos, y sin perjuicio de lo que disponga la normativa comunitaria a este respecto."
AYUDA Y MODELOS DE DOCUMENTACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN
- Ayuda para el Auditor o Sociedad de Auditoría para dar de alta una solicitud:
- En caso de actuar como representante, si ya figura como representante reconocido del Auditor se Cuentas o Sociedad de Auditoría en el ICAC, debe aportar el siguiente modelo en la solicitud:
- Si no se encuentra en esta situación puede aportar en la solicitud la documentación que lo certifique como representante del Auditor de Cuentas o Sociedad de Auditoría, o bien el siguiente modelo:
- Si desea desistir de la solicitud una vez iniciada, puede adjuntar el siguiente modelo en la seccion "Aportación de Documentación" en el propio expediente:
Modelo de Desistimiento Expreso
ÓRGANO RESPONSABLE
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con la finalidad de tramitar una Solicitud para la inscripción de Auditores de cuentas y Sociedades de Auditoría de terceros países para que su informe tenga validez en España. Para ejercer sus derechos y consultar más información sobre la política de privacidad y los RATs del ICAC, acceda a https://www.icac.gob.es/politica-de-privacidad.