Comunicaciones al ICAC
Comunicaciones de Auditores y Sociedades de Auditoría, entidades auditadas y Registro Mercantil
-
Category Procedures Comunicaciones al ICAC
3 procedures-
Comunicación de la rescisión del contrato de auditoría
En aquellos casos en los que se produzca la rescisión del contrato de auditoría, los auditores y la sociedad auditada deberán comunicar al ICAC dicha rescisión del contrato. (Código SIA: 1161423)
-
En aquellos supuestos, cuando se trate de auditorías obligatorias, en los que el auditor de cuentas o sociedad de auditoría, no emita el informe de auditoría o renuncie a continuar con el contrato de auditoría, deberá informarse razonadamente al ICAC de las circunstancias determinantes de la falta de emisión del informe o la renuncia a continuar con el contrato de auditoría. (Código SIA: 1161425)
-
Comunicación al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por parte de los registro mercantiles sobre la no aceptación del nombramiento hecho a un auditor a que hace referencia la disposición tercera de la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 9 de febrero de 2016 (BOE 15/02/2016). (Código SIA: 1161426)
-