Comunicación de la pérdida o deterioro de la documentación de auditoría y sus razones en el plazo de 15 días.

Comunicación de la pérdida o deterioro de la documentación de auditoría y sus razones en el plazo de 15 días (Código SIA:2893028)

DESCRIPCIÓN

Ante la perdida o deterioro de la documentación de la documentación de auditoría, el Auditor de Cuentas y Sociedad de Auditoría debe comunicarlo en un plazo de quince días hábiles desde que se tuvo conocimiento del hecho.

Se cumplimentarán todos los datos solicitados, aportando la documentación correspondiente. La ausencia o deficiencia en la documentación justificativa impedirá la tramitación de la solicitud. 

NORMATIVA ASOCIADA

Artículo 72 del Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas aprobado por el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero relativo al deber de conservación y custodia:

"4. La pérdida o deterioro de la documentación a la que se refiere el artículo 30 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, así como sus razones, deberán ser comunicadas al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en un plazo de quince días hábiles, a contar desde el momento en que se produjo o se tuvo conocimiento del hecho."

Artículo 30 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas relativo al deber de conservación y custodia:

"Los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría de cuentas conservarán y custodiarán durante el plazo de cinco años, a contar desde la fecha del informe de auditoría, la documentación referente a cada auditoría de cuentas por ellos realizada, incluidos los papeles de trabajo del auditor que constituyan las pruebas y el soporte de las conclusiones que consten en el informe y demás documentación, información, archivos y registros a que se refieren los artículos 28, 29, 42 y 43."

AYUDA Y MODELOS DE DOCUMENTACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN

  • Ayuda para el Auditor o Sociedad de Auditoría para dar de alta una solicitud:

Guia Rapida Sede - Comunicación de perdida o deterioro

  • En caso de actuar como representante, si ya figura como representante reconocido del Auditor se Cuentas o Sociedad de Auditoría en el ICAC, debe aportar el siguiente modelo en la solicitud:

Módelo de Representación  - Firma Representante

Si no se encuentra en esta situación puede aportar en la solicitud la documentación que lo certifique como representante del Auditor de Cuentas o Sociedad de Auditoría, o bien el siguiente modelo:

Módelo de Representación - Firma Representante/Representado

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con la finalidad de tramitar una Comunicación de la pérdida o deterioro de la documentación de auditoría y sus razones en el plazo de 15 días. Para ejercer sus derechos y consultar más información sobre la política de privacidad y los RATs del ICAC, acceda a https://www.icac.gob.es/politica-de-privacidad